Esta es la

COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS

DEL ESTADO DE TAMAULIPAS

 

 

Por Decreto número 153 de fecha 21 de septiembre de 1991 se creó la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Tamaulipas.

 

El 1º de enero de 1994 por Decreto número 76 se estructura y se expide la nueva Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Tamaulipas.

 

 

¿Qué es la Comisión de Derechos Humanos

del Estado de Tamaulipas?

 

Es un organismo público autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto:

La protección de los derechos humanos que reconoce el orden jurídico mexicano;

Conocer de quejas en contra de actos u omisiones de naturaleza administrativa provenientes de cualquier autoridad o servidor público que viole estos derechos en el ámbito del Estado;

Formular recomendaciones públicas no vinculatorias y denuncias y quejas ante la autoridad respectiva.

 

 

¿Qué hace la Comisión?

Defiende los derechos humanos en contra de autoridades o servidores públicos que los violen.

Promueve y fomenta el respeto de los derechos humanos.

Recibe quejas y denuncias sobre presuntas violaciones de los derechos humanos.

Conoce e investiga, a petición de parte o de oficio, presuntas violaciones de derechos humanos en los siguientes casos:

Por actos u omisiones de autoridades o servidores públicos que actúen en el territorio del Estado.

Cuando particulares o agrupaciones sociales cometen ilícitos con la tolerancia o anuencia de alguna autoridad o servidor público, o bien, cuando estos últimos se niegan rotundamente a ejercer las atribuciones que les confiere la Ley en relación con los ilícitos.

Formula recomendaciones públicas no vinculatorias y denuncias y quejas ante las autoridades respectivas.

Procura la solución inmediata de una queja a través de conciliación.

Promueve el estudio, la enseñanza y la difusión de los derechos humanos.

Elabora y ejecuta programas preventivos en materia de derechos humanos.

 

¿En qué casos no actúa la Comisión?

En actos y resoluciones de organismos y autoridades electorales.

En resoluciones de naturaleza jurisdiccional.

En conflictos de carácter laboral.

En actos u omisiones provenientes de autoridades o servidores públicos de la federación.

En actos u omisiones de autoridades contra las cuales se encuentre en trámite un recurso ordinario, juicio de amparo o cuando de la misma queja esté conociendo una autoridad competente.

En conflictos entre particulares.

En las quejas y denuncias contra autoridades jurisdiccionales sólo se aceptan de carácter administrativo.

 

¿Quiénes integran la Comisión?

 

La Comisión está integrada por:

 

Un Consejo Consultivo

Un Presidente

Un Secretario Técnico

Visitadores Generales

Personal Técnico y Administrativo

 

 

L a s  Q u e j a s

 

Toda persona, física o moral, que tenga conocimiento sobre violaciones de derechos humanos, está legitimada para presentar quejas ante la Comisión y aportar los medios probatorios que tenga a su alcance.

 

 

¿Cómo presentar una queja?

 

1. La queja deberá presentarse por escrito especificando:

a). Datos personales del quejoso;

b). A que autoridad o servidor público se imputa la responsabilidad, o los datos que permitan su identificación;

c). Las pruebas que se pueden obtener.

2. Las quejas podrán presentarse oralmente cuando los comparecientes no sepan escribir o sean menores de edad.

3. En casos urgentes las quejas pueden presentarse por telégrafo, teléfono u otros medios de comunicación.

4. Los reclusos podrán enviar las quejas a través de otras personas.

 

El quejoso debe saber

1. Que su queja puede ser rechazada si es improcedente o infundada, pero recibirá asesoría sobre posibles soluciones del caso.

2. Que la Comisión, en casos dudosos, le pedirá que aclare.

3. Que, aunque presente una queja, puede seguir su defensa por todos los medios legales a su alcance.

 

Una vez presentada la queja

1. El personal indicado de la Comisión empieza su trabajo y mantiene informado al quejoso del curso de sus actuaciones.

2. La autonomía e independencia con que procede la Comisión dan al público confianza y credibilidad en sus resoluciones.